Aunque resulte importante comenzar con el mea culpa de la presidenta del Partido Por la Democracia (PPD), Carolina Tohá, con relación a la aplicación de la Ley Antiterrorista durante los gobiernos de Ricardo Lagos Escobar y Michelle Bachelet, que dejó varios mapuches muertos, no se apunta al meollo del asunto.
El meollo del asunto tiene que ver con la reclamación de tierras, por un lado, y con la aplicación de una legislación excepcional para casos de delitos comunes, por otro lado. Un verdadero equilibrio, creo que se redondearía con la representación de las comunidades étnicas en el Congreso Nacional.
Los 32 mapuches detenidos, que el 12 de julio pasado decidieron declararse en huelga de hambre en las cárceles de Valdivia, Temuco, Angol y Concepción, esgrimen, básicamente, los dos primeros asuntos: tierras y no penalización militar de sus protestas.
En cuanto a la Ley Antiterrorista, ésta contempla como delitos los siguientes: “Los de homicidio, los de lesiones, los de secuestro (encierro o detención, retención en calidad de rehén y de sustracción de menores), los de envío de efectos explosivos, los de incendio y estragos, las infracciones contra la salud pública, el de descarrilamiento, apoderarse o atentar en contra de una nave, aeronave, ferrocarril, bus u otro medio de transporte público en servicio, o realizar actos que pongan en peligro la vida, la integridad corporal o la salud de sus pasajeros o tripulantes. El atentado en contra de la vida o la integridad corporal del Jefe del Estado o de otra autoridad política, judicial, militar, policial o religiosa, o de personas internacionalmente protegidas, en razón de sus cargos. Colocar, lanzar o disparar bombas o artefactos explosivos o incendiarios de cualquier tipo, que afecten o puedan afectar la integridad física de personas o causar daño. La asociación ilícita cuando ella tenga por objeto la comisión de delitos que deban calificarse de terroristas. Que el delito se cometa con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, sea por la naturaleza y efectos de los medios empleados, sea por la evidencia de que obedece a un plan premeditado de atentar contra una categoría o grupo determinado de personas. Se presumirá la finalidad de producir dicho temor en la población en general, salvo que conste lo contrario, por el hecho de cometerse el delito mediante artificios explosivos o incendiarios, armas de gran poder destructivo, medios tóxicos, corrosivos o infecciosos u otros que pudieren ocasionar grandes estragos, o mediante el envío de cartas, paquetes u objetos similares, de efectos explosivos o tóxicos”.
De acuerdo con esa letra, los delitos cometidos por los mapuches caben dentro de los sancionados por la ley, como lo entendieron los gobiernos anteriores y aplicaron la Ley. Incluso, la huelga de hambre cabría dentro de los hechos sancionados por la misma Ley Antiterrorista, en el punto 2º del artículo 1º, que habla del delito “cometido para arrancar resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias”.
Yo haría aquí una primera diferenciación. Si los mapuches incurren en hechos de violencia, que pueden ser tipificados en la Ley Antiterrorista, no lo hacen por una razón distinta que la de reclamar áreas de tierra que, no hace mucho, les pertenecían y les fueron expropiadas, también apelando a la violencia.
No hay una intención “terrorista”, propiamente dicha, ni el propósito de “tomarse el poder” en estas protestas mapuches. El asunto es este: los mapuches vivían en un territorio que les fue arrebatado, y ningún gobierno ha hecho nada por superar, coherentemente, esta injusticia.
En las acciones mapuches sobre los reclamos de tierras, han estado involucrados varios particulares, y varias grandes forestales, como Mininco y Arauco, que nunca han dicho nada sobre el particular, y deberían hacerlo.
El asunto de tierras se soluciona con una reforma agraria auténtica, que restituya los derechos de la comunidad sobre tierras fértiles, aptas para el cultivo, que les permita a los mapuches sentar las bases de una economía próspera y equilibrada.
Los gobiernos anteriores pudieron haberla hecho, y no lo hicieron. Este gobierno puede hacerla, pero ¿tendrá la suficiente voluntad de hacerla?
Dos de los subsecretarios del ministerio del Interior han expresado sus opiniones sobre la derogatoria de la Ley Antiterrorista:
-Jorge Burgos expresó que existe un espacio legislativo para modificarla, pero “ese espacio no puede ser sinónimo de desarticular el estatuto especial de combate a grupos terroristas”.
Felipe Harboe dijo que no es conveniente hacer modificaciones legales al amparo de conflictos particulares, pues la normativa no se aplica exclusivamente en el tema mapuche.
Ahora, el ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, dijo que reformar la Ley Antiterrorista es un paso necesario para buscar una solución, “y en nuestro país, las reformas legislativas se tienen que hacer de la mano con el Congreso”.
Es decir, pareciera haber condiciones para establecer los límites dentro de los cuales la ley funcione, sin que ciertos delitos en los que han incurrido los mapuches en actos de recuperación de tierras, se penalicen por fuera de la legalización corriente (incendio y estragos; apoderarse o atentar en contra de una nave, aeronave, ferrocarril, bus u otro medio de transporte público en servicio, o realizar actos que pongan en peligro la vida, la integridad corporal o la salud de sus pasajeros o tripulantes; colocar, lanzar o disparar bombas o artefactos explosivos o incendiarios de cualquier tipo, que afecten o puedan afectar la integridad física de personas o causar daño; la asociación ilícita cuando ella tenga por objeto la comisión de delitos que deban calificarse de terroristas, (…) mediante artificios explosivos o incendiarios; atentar contra la vida de una persona, o ejecutar homicidio).
Ciertamente, parece haber suficiente ambiente en el Gobierno y en Congreso para acotar o reorientar la aplicación de la Ley Antiterrorista, que no sea para reprimir las manifestaciones sociales de justo reclamo, como la de los mapuches. Porque, hilando fino, también las manifestaciones de “los pingüinos” pudieran ser consideradas como actos incluidos en la Ley Antiterrorista.
En lo que se atascan las cosas es en el derecho de propiedad.
Inclusive en el caso de eliminar la Ley Antiterrorista, los actos de recuperación de tierras continuarán. Porque el meollo del asunto es la propiedad de la tierra. Algunos mapuches radicales consideran que sus tierras son las de hace 200 años, negando, de un plumazo, la existencia de la república (cuyo Bicentenario de conmemora ahora), y todas las generaciones de nacionales e inmigrantes que hemos poblado esta tierra llamada Chile. Este reclamo y este argumento está desfocalizado, a la luz de las realidades sociales.
Uno de los abogados mapuches ha dicho que “de acuerdo a tratados, como el de “Tapihue de 1825”, todo lo acometido de ahí para adelante por el Estado chileno y sus agentes, al sur del río Biobío, es ilegal”.
O sea, la Araucanía y más.
De esta expropiación, que los mapuches radicales llevan al año 1825, proviene la expresión “wangki pillo”, para denominarnos a todos nosotros, que significa “pillo”, “ladrón”, “pirata”, “invasor” y hasta “genocidio”.
Otros consideran que es urgente respetar el “Convenio 169 de la OIT”, sobre la condición fundamental que tiene la tierra para estas comunidades étnicas, “para la reproducción de la cultura, costumbres e ideología de los pueblos indígenas”.
El Estado (cualquiera que sea, pero en este caso el de Chile), debe asegurar las condiciones para que el vínculo de la comunidad con la tierra se mantenga, dentro la libre determinación, la autonomía, la cultura, la participación concreta y efectiva en la toma de decisiones.
Es decir, se abre espacio a una legalidad nueva, la legalidad mapuche, dentro de la cual los delitos cometido por mapuches sean sancionados. ¿Cómo conciliar las dos legalidades, la legalidad del Estado y los wangki pillos, por un lado, y la legalidad de la comunidad étnica, por otro?
También este tema, a mi modo de ver, pasa por la propiedad sobre las tierras, y su solución exige una reforma agraria integral.
Y además de la reforma agraria, creo que las comunidades étnicas deben tener representación en el Congreso Nacional, mediante jurisdicción electoral especial.
NOTA.-Las más emblemáticas detenciones, varias de las cuales tienen que ver con el conflicto que aún se mantiene:
-El 24 de agosto de 1999 se detuvieron 25 mapuches por incendio y hurto perpetrado en un predio forestal.
-El 1 de noviembre del 2008 se detuvo a José Huenuche Reimán por tenencia ilegal de un fusil M-16.
-El 19 de octubre del 2009 detuvieron a José Eugenio Queipul Huaiquil por los delitos de homicidio frustrado, incendio, robo con violencia y atentado terrorista.
-El 15 de julio del 2010 se detuvo a José Queipul Huaiquil imputado por atentado contra un bus y tres camiones. La jueza lo liberó.
-El 13 de marzo del 2009 se detuvieron once (11) mapuches por homicidio frustrado contra el fiscal Mario Elgueta y asociación ilícita terrorista.
Enlaces que se propone consultar:
http://www.mapuexpress.net/?act=publications&id=2612
http://www.laopinon.cl/admin/render/noticia/24884
http://pdba.georgetown.edu/Security/citizensecurity/chile/leyes/ley18314.pdf